TRANSPARENCIA

 

 

 

Actualizan nueva versión de SAGSI
 
Guatemala, 6 de Julio de 2010
 
El Sistema Administrativo de Gestión de Solicitudes de Información, SAGSI, una solución informática de escritorio y red local para gestionar las solicitudes de acceso que se presentan ante la Unidad de Información Pública, ha sido ampliado y mejorado como parte de los objetivos estratégicos de la Comisión para la Transparencia y el Combate a la Corrupción de la Vicepresidencia de la República.
 
En abril de 2009, al entrar en vigencia la Ley de Acceso a la Información Pública, se implementó la primera versión de SAGSI como una herramienta electrónica y gratuita para gestionar todas las solicitudes de información que se presentan ante los sujetos obligados. La constante preocupación por el fortalecimiento institucional,  la transparencia y  la modernización del Estado generó la revisión de dicho sistema y su inmediata renovación.
 
Los esfuerzos de la Vicepresidencia de la República en favorecer la implementación y vigencia de la Ley de Acceso,  ha desarrollado la nueva versión de SAGSI 2010, la cual ofrece una bitácora para generar información estadística, un gestor para archivo administrativo e histórico y dispone de herramientas de flujos de trabajo a partir de la definición de procesos.  Esta herramienta informática cuenta con el visto bueno de la Procuraduría de los Derechos Humanos como autoridad reguladora de la Ley de Acceso a la Información Pública.
 
El marco de acción de SAGSI son todas las instituciones del Estado. Las primeras en utilizarlo fueron las municipalidades y ha sido instalado en 218 de ellas por medio de la Dirección General de Fortalecimiento Municipal del Instituto de Fomento Municipal, INFOM, y la Asociación Nacional de Municipalidades, ANAM.
 
Actualmente también es utilizada por la Secretaría de Obras sociales de la Esposa del Presidente, Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional, , Secretaría de Asuntos Agrarios, Secretaría de la Paz, Secretaría de Bienestar Social, Secretaría Ejecutiva de la Comisión contra las Adicciones y el Tráfico Ilícito de Drogas, Comisión Presidencial de Derechos Humanos, Ministerio de Salud, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Programa Nacional de Resarcimiento y recientemente, el Congreso de la República.
 
La Vicepresidencia de la República por medio de la Comisión para la Transparencia y el Combate a la Corrupción trabaja en una versión mucho más avanzada que será instalada en internet denominada Open WOLF -por sus siglas en inglés-  (Workflow On Line Facility), siempre valuada como una plataforma virtual de código abierto para la transparencia y facilitación de solicitudes de información pública.
 

 

Visitas a Portales de Internet

Ley de Acceso a la Información Pública

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En Guatemala una vez más se celebra el día nacional de la Transparencia y el día internacional de combate a la corrupción. El Primer año en que se celebró fue diciembre 2008, con una serie de actividades tanto en la plaza de la constitución como en el obelisco. Dentro de las demás actividades que se realizaron están una carrera por la transparencia, un espectáculo de luces artificiales y la firma del Muro por la Transparencia.

Este año 2009, la Vicepresidencia de la República impulsa de nuevo el Premio a la Transparencia, este reconocimiento al igual que el año pasado será entregado por sus meritos y trabajo transparente a empresas y dentro de los funcionarios públicos del Organismo Ejecutivo. Las tres categorías son: Empresa, Individual, Gubernamental (únicamente Ministerios y Secretarías).

 

Programa 9 de diciembre de 2009

Recorrido de Trolley bus en la Ciudad de Guatemala

Almuerzo a sujetos sociales e institucionales que trabajan en Transparencia y combate contra la Corrupción

Spot Radial 

Informe sobre Transparencia de la Vicepresidencia

Logros en Materia de Transparencia y Combate a la Corrupción 

 

Incorporación de enlaces relacionados con la celebración del Día Internacional Anticorrupción;

a. http://www.unodc.org/yournocounts/es/about-the-campaign/index.html
b. http://www.youtube.com/watch?v=S3A4LgHCYMQ&feature=related
c. http://www.un.org/depts/dhl/spanish/events/anti_corruption/index.html
d. http://twitter.com/MESICIC
e. http://www.transparency.org;
f. http://www.globalintegrity.org
g. http://www.undp.org.gt/frmSearchResults.aspx?q=dia+internacional+contra+...
h. http://www.gfip.org/
i. http://www.globalfairness.org/GFI/home.html
j. http://web.worldbank.org/WBSITE/EXTERNAL/BANCOMUNDIAL/EXTAPRENDIZAJE/EXT...
k. http://www.imf.org/external/ns/search.aspx?NewQuery=D%C3%ADa+internacion...
 

 

 

DENUNCIE LOS HECHOS DE CORRUPCIÓN

DENUNCIO A:

 Ingrese los nombres del denunciado.

 Ingrese apellidos del denunciado.

Institución donde trabaja la persona a quien denuncio y cargo que desempeña (si puede, especifique dirección):
 

Descripción física del servidor público denunciado: Edad aproximada, estatura aproximada, señas particulares.

Datos Generales de los Hechos:
Narración concreta y progresiva de la forma en que sucedieron los hechos.

No olvide incluir detalles relevantes: lugar, fecha y hora donde sucedió el hecho (si es posible indique localidad, municipio y departamento). Nombres de personas involucradas, vehículos o motocicletas en las que se moviliza la persona denunciada, números de placa, color del automotor, color de uniforme.  

NOTA: Si tiene pruebas que sustenten su denuncia, puede subir las grabaciones de video o audio, fotografías y documentos. En caso de tener testigos, no olvide agregar los nombres y un teléfono para contactarlos.

¿EN QUÉ CONSISTE EL PROYECTO?

  • Solicita al ciudadano información  que permita aclarar y documentar los hechos de la denuncia (es posible la recepción de denuncias anónimas siempre y cuando la información sea consistente)

  • Se traslada las denuncias a las instituciones gubernamentales involucradas, as como también a entidades de control como la Contralora, Fiscalía y Procuraduría de Derechos Humanos, con el propósito de dar seguimiento a las denuncias cuando haya lugar o bien recabar información si se trata de denuncias de tipo administrativo.

  • Notifica al ciudadano acerca del procedimiento dado a su denuncia si el ciudadano proporción información de contacto.

  • Archiva las denuncias que no detallen hechos claros que permitan realizar una investigación.

  • De contar con la información mínima necesaria, se dar seguimiento al caso hasta llegar a una solución definitiva, dentro del ámbito de competencia de la Vicepresidencia de la República. 

En caso de que la denuncia no reúna los requisitos necesarios para ser trasladada a la autoridad competente, se le informa al ciudadano acerca del estado de su denuncia.

Libre Acceso a Información Pública

En caso de que la denuncia presentada por el ciudadano esté relacionada a la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, la línea de la transparencia 1514 trasladará dicha denuncia a la Procuradoría de los Derechos Humanos, ente designado para regular el cumplimineto de dicha ley.

Si el ciudadano desea hacer una solicitud de información de la Vicepresidencia de la República, la línea de la transparencia trasladará la petición a la Unidad de Información Pública de la Vicepresidencia. En caso que el ciudadano presente dudas o consultas relacionadas a temas de transparencia o libre acceso a la información, se proveerá información a través de la Comisión Para la Transparencia y el Combate a la Corrupción.

 Requisitos básicos para el análisis de la viabilidad de una denuncia: 

  • Describir lo sucedido de forma clara y detallada.

  • Si es de su conocimiento, indicar quién o quienes cometieron el ilícito.

  • En lo posible relata cómo, dónde y cundo ocurrieron los hechos.

  • En caso de existir evidencias (fotografías, grabaciones, documentos) Adjunto las pruebas que sustentan su relato?

  • Indicar si hay testigos del hecho que denuncia.

  • Proporcionar nombre e información de contacto para mantenerlo informado del avance de la investigación.

  • Indicar si ha reportado los hechos a alguna autoridad del Gobierno

  • Indicar si conoce de algún servidor público o ciudadano que ejerza funciones públicas que haya participado en los hechos.

Qu NO hace el Proyecto de Denuncias de la Vicepresidencia?

La Línea de Transparencia NO es un órgano que administra justicia y no tiene las facultades para  juzgar y condenar hechos de corrupción; para eso existe el sistema judicial. Lo que hace el Proyecto es recibir denuncias y trasladarlas a las instituciones de Gobierno involucradas, recabar información cuando se trata de asuntos administrativos y, si procede, remite la denuncia a instituciones de control como con la Fiscalía, la Procuraduría de los Derechos Humanos o la Contralora General de Cuentas. 

Qu es una denuncia? 

Es el relato que un ciudadano realiza, en cumplimiento de su deber cívico de solidaridad para enterar a las autoridades de la existencia de hechos irregulares, con el fin de activar los mecanismos de investigación y sanción necesarios para corregirlo.  

Quiénes son servidores públicos que se pueden denunciar? 

Según el Artículo 4 de la Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios y Empleados Públicos, son todas aquellas personas investidas de funciones públicas permanentes o transitorias, remuneradas o gratuitas especialmente:  

a) Los dignatarios, autoridades, funcionarios y empleados públicos que por elección popular nombramiento, contrato o cualquier otro vínculo presten sus servicios en el Estado, sus organismos, los municipios, sus empresas, y entidades descentralizadas y autónomas.  

b) Los miembros de juntas directivas, directores, gerentes, administradores y demás personas relacionadas con la recaudación, custodia, administración, manejo o inversión de fondos y valores de las asociaciones, fundaciones y demás entidades o personas jurídicas que reciban aportes o subvenciones del Estado, de sus instituciones o del municipio, o que efecten colectas públicas.  

c) Los directivos y demás personas de comités, asociaciones y patronatos autorizados conforme la ley para recaudación y manejo de fondos para fines públicos y beneficio social y/o que perciban aportes o donaciones del Estado, de sus instituciones, del municipio o entidades, nacionales o extranjeras, de cualquier naturaleza para los mismos fines, as como las demás personas que intervengan en la custodia y manejo de dichos valores.  

d) Los contratistas de obras públicas que inviertan o administren fondos del Estado, sus organismos, municipalidades y sus empresas, y de entidades autónomas y descentralizadas.  

e) Los miembros de las Juntas Directivas, el o los propietarios de las empresas que construyan ,produzcan, monten, instalen, mejoren, adicionen, conserven, restauren y administren una obra, bien o servicio público.  

Asimismo, tienen tal carácter quienes presten sus servicios al Estado de Guatemala en el exterior del país en cualquier ramo.

Qu se entiende por corrupción administrativa? 

Según el Artículo 18 de la Ley de Probidad, las siguientes constituyen prohibiciones de los funcionarios públicos, y por lo tanto eventuales actos de corrupción o faltas administrativas: 

a) Aprovechar el cargo o empleo para conseguir o procurar servicios especiales, nombramientos o beneficios personales, a favor de sus familiares o terceros mediando o no remuneración.  

b) Utilizar el poder que le confiere el ejercicio del cargo o empleo en las entidades del Estado, autónomas o descentralizadas, para tomar, participar o influir en la toma de decisiones en beneficio personal o de terceros.  

c) Solicitar o aceptar directamente o por interpósita persona, dádivas, regalos, pago, honorarios o cualquier otro tipo de emolumentos adicionales a los que normalmente percibe por el desempeño de sus labores.  

d) Utilizar bienes propiedad del Estado o de la institución en la que labora, tales como vehículos, material de oficina, papelera, viáticos y otros, fuera del uso oficial, para beneficio personal o de terceros.  

e) Usar el título oficial del cargo o empleo, los distintivos, la influencia, o el prestigio de la institución para asuntos de carácter personal o de terceros.  

f) Utilizar los recursos públicos para elaborar, distribuir o enviar regalos, recuerdos, tarjetas navideñas o de cualquier otra ocasión.  

g) Utilizar el tiempo de trabajo para realizar o prestar asesoras, consultoras, estudios y otro tipo de actividades a favor de terceros, que le generen beneficio personal.  

h) Disponer de los servicios del personal subalterno par afines personales o en beneficio de terceros.  

i) Realizar trabajo o actividades remuneradas o no en horarios que no son de su trabajo, que están en conflicto con sus deberes y responsabilidades, o cuyo ejercicio pueda poner en riesgo la imparcialidad de sus decisiones por razón del cargo o empleo.  

j) Utilizar los materiales de oficina, vehículos, teléfonos, fondos públicos, el tiempo pagado por el Estado al funcionario o a sus subalternos, los conocimientos, información el titulo oficial, papelera, el prestigio o la influencia de la institución para el logro de objetivos políticos personales o del partido al que pertenece.  

k) Solicitar a otros gobiernos o empresas privadas colaboración especial para beneficio propio o para un tercero.

l) Actuar como abogado o representante de una persona que ejerce reclamos administrativos o judiciales en contra de la entidad a la cual sirve estando en el ejercicio del cargo o empleo.  

m) Nombrar y remover al personal por motivos o razones político partidistas o ideológicos.  

n) Discriminar en la formulación de políticas y en la prestación de servicios a personas o sectores de personas, por razón de su afiliación política as como por cualquier otra causa que infrinja el derecho de igualdad.  

o) Utilizar recursos humanos y financieros del Estado para la promoción política, personal o del partido político al que pertenece.

Preguntas frecuentes

¿Qué es corrupción? 
Transparencia Internacional define la corrupción como el mal uso del poder publico para obtener beneficios privados.  
¿Qué es el sector público?
El sector público es el conjunto de organismos administrativos mediante los cuales el Estado cumple, o hace cumplir la política o voluntad expresada en las leyes fundamentales del país.
¿Qué es la transparencia en el sector público? 
La transparencia en la administración pública se alcanza cuando:
Las funciones se llevan a cabo según principios claros y precisos.
Se delimitan las competencias y responsabilidades de los administradores públicos.
Existen mecanismos de monitoreo y control previamente establecidos.
Las instituciones de Gobierno publican información de manera confiable y consistente.
¿Qué es ética? 
La tica estudia la moral y determina qué es lo bueno y, desde este punto de vista, cómo se debe actuar. Es decir, es la teoría o la ciencia del comportamiento moral. 
¿Qué son valores? 
Son conductas o normas consideradas como deseables, es decir, cualidades de todos los seres humanos para acondicionar el mundo a nuestras vidas y poder vivirlas en cualquier lugar. 
¿Qué es moral?
El conjunto de creencias y normas de una persona o grupo social determinado que ofician de gua para el obrar, es decir, que orientan acerca del bien o del mal de una acción. 
¿De qué otras formas puedo participar como ciudadano?
Visitando la página web de Consulta Ciudadana, diseñada para dar a conocer de una manera sencilla cómo el Gobierno invierte los recursos de tus impuestos: