COMISIÓN NACIONAL DE TRAUMA

La Comisión Nacional de Trauma surgió como órgano temporal del Organismo Ejecutivo, adscrito a la Vicepresidencia de la República, con el propósito de generar, impulsar y articular las políticas, acciones y mecanismos tendientes a la integración y articulación de recursos técnicos, académicos, económicos y administrativos as como la asesora para la concesión de nueva infraestructura y servicios médicos y paramédicos relacionados con la atención del Trauma a nivel nacional. 
Sus funciones principales son: 

a) Diseñar, promover e implementar medidas de fortalecimiento de los servicios de prevención en materia de Trauma. 
b) Establecer estrategias y mecanismos de coordinación de las entidades de socorro para la efectiva atención y asistencia en incidentes y situaciones de Trauma. 
c) Colaborar y emprender acciones para el desarrollo académico de la atención de Trauma en Guatemala.   
d) Articular esfuerzos de formación y capacitación para la adecuada, efectiva  e inmediata atención de trauma.  
e) Promover la creación de institucionalidad para la atención clínica e integral de Trauma en los seres humanos. 

La Comisión Nacional de Trauma se reunir ordinariamente cada dos meses conforme la programación que para el efecto prepare el señor Vicepresidente de la República, quien se encargar de la convocatoria respectiva. Extraordinariamente, cuantas veces sea necesario. 

La Dirección Ejecutiva está integrada por el Doctor Rudolf García Gallont, quien funge como director; y por el doctor Guillermo Claverie Díaz, como subdirector, ambos desarrollarán sus actividades ad honorem. 

Los fondos que se requieran para implementar cualquier acción, actividad, proyecto o programa de La Comisión deberán ser provistos por la entidades siguientes: a) Vicepresidente de la República; b) Ministro de Gobernación o uno de sus Viceministros; c) El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social o uno de sus Viceministros; d) El Ministro de Educación o uno de sus Viceministros; e) Ministro de la Defensa Nacional o uno de sus Viceministros; f) El Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda o uno de sus Viceministros; g) El Secretario de Planificación y Programación de la Presidencia de la República o uno de sus Subsecretarios; h) El Secretario Ejecutivo de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres o uno de sus Subsecretarios; y i) Un representante por cada uno de los cuerpos de bomberos del país. 

La Comisión Nacional de Trauma tiene una vigencia de cinco años, con derecho a prórroga según Acuerdo Gubernativo. 

Ver ACUERDO GUBERNATIVO